Las dudas más frecuentes del emprendedor novato

En mi despacho, una buena parte del volumen de trabajo proviene de personas que van a emprender por primera vez en un negocio, y acuden a nosotros para asesorarse en éstos inicios y solventar sus dudas. Aquí dejo una muestra de las más frecuentes, junto a las respuestas más usuales a las mismas -teniendo en cuenta que son generalidades y que cada supuesto es un mundo en sí mismo-:

Por José Manuel Garcés | Abogado y miembro del Consejo Editorial de Brújula Legal.

1.- ¿Me hago autónomo o constituyo una sociedad?

Esta es, siempre, la pregunta estrella. Y la respuesta va a variar en función de una infinidad de cuestiones: si emprende sólo o con más socios, la tipología de negocio, el número de personal a contratar, el tipo de negocio, los fondos iniciales con que se va a afrontar la actividad, la facturación previsible a corto y medio plazo, etc.

Como generalización diría que, tratándose de una sola persona, con una actividad de escaso riesgo, poco personal -dos o tres trabajadores a lo sumo-, sin necesidad de financiación al inicio de la actividad, y con una facturación previsible inferior a los 50.000 € para el primer ejercicio, recomendaría el alta como autónomo en lugar de constituir una SL.

2.- ¿Qué gastos conlleva el inicio de la actividad como autónomo/sociedad?

Pues, además de los gastos inherentes a la propia actividad -típicamente, alquiler de local, luz, agua, aprovisionamientos, telefonía y comunicaciones, etc.-, tendrían que afrontarse la cuota de autónomo, impuestos trimestrales, seguro de responsabilidad civil si la actividad lo exige, y la asesoría si se desea llevar un orden.

3.- ¿Qué impuestos hay que pagar o tener en cuenta como trabajador autónomo?

IVA, al tipo vigente según el producto vendido o la actividad desarrollada, que se liquida trimestralmente.

IRPF, con una retención básica del 15% y la posibilidad de retención del 7% con ciertas condiciones, que se liquida también de forma trimestral. También hay que tenerlo en cuenta en caso de contar con un local de negocio en alquiler.

IRPF en su modelo anual -lo que se conoce como la declaración de la renta-, según ingresos y tipos vigentes en cada momento.

4.- ¿Y como SL?

IVA, al tipo vigente según el producto vendido o la actividad desarrollada, que se liquida trimestralmente.

Retenciones del IRPF de profesionales, al 15%, a liquidar trimestralmente.

Impuesto de sociedades, anual, con unos tipo general del 25% sobre el beneficio.

Además de esto, hay que tener en cuenta la obligación de llevar contabilidad adecuada al Plan General Contable, de los libros registro obligatorios, y la presentación y depósito de las cuentas anuales una vez al año.

5.- ¿Qué coste conlleva contratar a un trabajador?

Dicho sea con todos los matices y de forma muy general, el coste de un trabajador viene a ser de aproximadamente un 35% sobre su nómina. Es decir, y este ejemplo es real, un trabajador que percibe un neto de 1.115,92 € tiene un coste empresarial total de 1.565,73 €.

6.- ¿Se pueden aceptar pagos en efectivo?

Como profesionales -autónomo o empresa- no se pueden cobrar más de 1.000 euros en efectivo, incluyendo el IVA.

Estas son las dudas más frecuentes que tiene alguien que pretende comenzar una actividad profesional por primera vez. Espero que les sea de utilidad.

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