Por María Teresa Olivares
Abogada y miembro del Consejo Editorial de Brújula Legal.
No son pocos los que se han sorprendido al escuchar la nueva canción de la artista colombiana. En ella, la cantante profiere auténticas alusiones a su ex pareja y a la que es su actual pareja, Clara Chía: Yo valgo por dos de 22. Cambiaste un Ferrari por un Twingo. Cambiaste un Rolex por un Casio. Vas acelera’o, dale despacio. Ah, mucho gimnasio. Pero trabaja el cerebro un poquito también.
Éstas son algunas de las “perlitas” que Shakira ha realizado en relación al padre de sus hijos, y con independencia de la opinión personal que me merecen estas expresiones, desde la postura de la persona que suscribe estas líneas, lo expresado por la cantante no incurriría en un delito contra el honor del exfutbolista del Barcelona.
¿Habría cometido Shakira un delito de injurias contra Piqué?
En la canción se hace alusión de manera directa a aspectos íntimos de su relación con Gerard y su antigua convivencia, así como se vierten expresiones que pudieran resultar, para los afectados, degradantes.
Partiendo de estas premisas, conviene acercarnos a la figura de la injuria.
El art. 208 CP establece lo que sigue:
Es injuria toda la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.
Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 173.
Las injurias que consistan en la imputación de hechos no se considerarán graves, salvo cuando se hayan llevado a cabo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
De lo recogido en el artículo, resulta que la acción consistiría en una “expresión” que atente contra el honor de la persona hacia la que van dirigidas. No obstante, no ha de estarse a la posible ofensa que pudiera resultar para el destinatario de estas expresiones, sino que las mismas deben ser ofensivas teniendo en cuenta su adecuación social, contexto y circunstancias. Además, el delito contiene un tipo subjetivo, por lo que es necesario que el autor de la injuria realice las declaraciones con un verdadero ánimo de injuriar o vejar.
Si bien la letra de la canción podría ser ofensiva para su expareja y para la nueva novia de Piqué -¿a quién le gustaría que le compararan con un Twingo?-, no estamos ante una letra vejatoria que pudiera tener encaje en este precepto. Es decir, estamos ante una canción cuya letra se basa en meras insinuaciones, por lo que las expresiones no tendrían entidad suficiente en el ámbito del derecho penal.
Es más, la propia cantante aprovecha en dicha letra para expresar que su única finalidad es la de obtener ingresos económicos –las mujeres ya no lloran, las mujeres facturan-, y para ello, se vale de sus propias vivencias y de la música, la cual, en base a la libertad creativa, estaría amparada por el derecho fundamental a la libertad de expresión regulada en el art. 20.1CE.
Sin embargo, cabe plantearse la posibilidad de invocar la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, en cuyo art. 7.3 se recoge como intromisión ilegítima la divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre.
Si bien, hemos de tener en cuenta que estamos ante dos personas cuya vida íntima podría ceder ante otros derechos fundamentales, como pudiera ser el derecho a la información, por ser personalidades con un notable interés público y social; por lo que, en el caso de que Piqué decidiera emprender acciones legales contra su ex pareja, se habrán de conjugar otros derechos fundamentales puestos en juego, entre los que entraría el derecho a la libertad de expresión de la propia artista.
Por ello, esta parte se reserva hacer un diagnóstico exacto, pues son varias las posibilidades que podrían abrirse por parte del exjugador de fútbol, el cual parece haberse tomado la situación con humor tras aparecer con un reloj Casio en sus directos en redes sociales mientras afirmaba que éstos son para toda la vida, e incluso se le pudo ver al volante de un Renault Twingo. Será cuestión de tiempo saber si optará por acudir a la vía civil, que entendemos es la más viable para hacer valer sus derechos al honor, a la imagen y a la intimidad.